La mayoría absoluta del PP en el Senado ha impedido la tramitación de la Proposición de Ley que el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presentaba para eliminar todos los supuestos que en la actual legislación permiten que se pueda urbanizar suelo forestal que ha sido devastado por causa de un incendio. La Ley de Montes garantizaba, fundamentalmente a partir de la modificación realizada en 2006, que no se pudiera edificar sobre suelo quemado y, sin embargo, la modificación que en 2015 realizó el Partido Popular con mayoría en las dos cámaras parlamentarias incluyó en el texto vigente varios supuestos que permitían a los ayuntamientos cambiar el uso urbanístico de aquellos terrenos que habían sido devastados por un incendio.
Margalida Quetglas, senadora por Mallorca y encargada de defender la Proposición de Ley de Unidos Podemos, ha planteado en la sesión plenaria de hoy la necesidad de “poner sobre la mesa la importancia y la necesidad de recuperar una redacción exenta de excepcionalidades a la prohibición para cambiar el uso de los suelos forestales afectados por un incendio”. Quetglas ha instado al resto de fuerzas políticas a votar a favor de la tramitación de un texto legal sobre el que “desarrollar un enriquecedor debate parlamentario en torno a la prevención de los incendios forestales y la conservación y regeneración de los montes afectados”.
El texto legal de Unidos Podemos planteaba modificar el primer apartado del artículo 50 de la Ley de Montes, para garantizar que el cambio de uso legal de los terrenos afectados por un incendio forestal no pueda producirse “al menos en 30 años”. Por otra parte, la iniciativa legal también pretendía modificar la disposición adicional sexta de la actual Ley de Montes, garantizando que no existen supuestos excepcionales bajo los que se pueda cambiar el uso de los suelos que han sido devastados por un incendio.
En los últimos 10 años en España han ardido, de media, ciento una mil hectáreas anuales de superficie forestal con una media de 23 grandes incendios anuales. La Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes afirmaba en su exposición de motivos que “España no puede permitirse una actitud de tolerancia hacia los incendios forestales” porque conllevan gravísimas consecuencias sociales y económicas.