El Consejo de Ministros extraordinario reunido a primera hora de la mañana del martes, presidido por Mariano Rajoy, acordó poner en marcha el mecanismo previsto en el artículo 155 de la Constitución. Este procedimiento exige un requerimiento no atendido para poner en marcha las medidas que contempla el texto constitucional.
Sin embargo, y a pesar de la claridad con la que se expresa el texto constitucional este requerimiento se ha “formulado” de una manera un tanto inaudita, o cuando menos muy peculiar. Del modo en que se expresa el artículo 155 de la Carta Magna, es lógico concluir que el requerimiento que debe de hacer el Gobierno de España al presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña debe serlo, o bien en sentido positivo, compeliendo al cumplimiento de las obligaciones que la Constitución y las leyes imponen; o bien en sentido negativo, exigiendo el cese de aquellas actuaciones que atenten gravemente al interés general de España. Y solo en el caso de que el requerimiento no sea atendido —porque se sigan incumpliendo las obligaciones, o porque no se cese en la conducta gravemente lesiva— se podrán adoptar las medidas necesarias para obligar al cumplimiento, o cesar en la lesión.
Está claro entonces que, dependiendo del contenido del requerimiento no atendido, dependerá también el contenido de las medidas que se tengan que adoptar.
La fórmula por la que al final se ha decidido el Gobierno de Rajoy, sustituyendo el requerimiento por una pregunta, resulta tan exótica y extraña a la técnica Constitucional, que pone en cuestión no solamente la propia pregunta misma sino todo el procedimiento que se pretende activar, y también la legitimidad de las medidas que se quieren adoptar; ni tan siquiera se sabe qué medidas tiene que adoptar el presidente de la Comunidad.
El pasado martes explicaba el ministro de Exteriores Dastis a una cadena de televisión francesa que el Gobierno de España entendía que el presidente Puigdemont formalmente no había hecho ninguna declaración de independencia; por esa razón se le preguntaba si en sus palabras ante las Cortes catalanas se encerraba una verdadera y propia declaración de independencia. Con esta revelación del ministro Dastis, es claro que el Gobierno de España no tiene claro qué es lo que tiene que hacer porque no puede hacer ningún requerimiento formal si entiende que el presidente de la Generalitat no ha hecho ninguna declaración de independencia. Si Rajoy y Puigdemont estuvieran jugando al “mus”, que es además lo que parece, Rajoy estaría haciendo un “envite” al presidente de la Generalitat.
La pregunta a Puigdemont sobre el significado de sus palabras se le hace evidentemente para que no la conteste, o lo haga con evasivas. Solo en estos casos cree el Gobierno de Rajoy que se podrían activar las medidas del artículo 155 de la Constitución, aunque de antemano no sepamos nadie de qué medidas se trata.
A buen seguro que Carles Puigdemont responderá al “envite” contestando. Sería absurdo que no lo hiciera. Si no contesta, o lo hace con evasivas, Rajoy habrá ganado el “juego”.