Tal y como decíamos en artículos anteriores, el Santander está demasiado acostumbrado a que la Justicia española y el resto de organismos del Estado se plieguen a sus intereses. Por esta razón, en Boadilla están desconcertados por las decisiones que se están adoptando en diferentes órganos judiciales en referencia al Caso Banco Popular. Diario16 ya informó de que la imputación penal abría la puerta a la adopción de medidas cautelares, ya que lo que parecía que no era más que un movimiento lógico del juez Calama Teixeira, consecuencia de la desaparición de Banco Popular una vez que se ejecutó la fusión por absorción por parte del banco presidido por Ana Patricia Botín, se puede convertir en algo más y eso es lo que temen. Cuando un juzgado imputa penalmente a una persona física o jurídica (o investiga, según la última reforma de Rafael Catalá) es porque hay indicios sólidos y objetivos de la comisión de un presunto delito.
Ante esta situación, el Banco Santander ha presentado un recurso que se fundamenta en dos pilares argumentativos fundamentales: en primer lugar, que en este caso se debería aplicar la misma jurisprudencia que en el caso CaixaBank-Banco Valencia y, en segundo término, que la imputación penal del Santander tendría una consecuencia funesta para todo el sistema financiero de la Eurozona ya que, según la argumentación del recurso, podría destrozar el Mecanismo Único de Resolución.
Sin embargo, el Santander va más allá y afirma en su recurso lo siguiente: «Como consecuencia de la resolución, nació un nuevo Banco Popular, materialmente distinto del antiguo Banco Popular, en cuyo seno se habrían eventualmente cometido los supuestos delitos objeto de investigación y cuyos consejeros se encuentran investigados en este procedimiento. La decisión del poder público europeo que, en protección de relevantes intereses generales, acordó la resolución de Banco Popular supuso la creación de una nueva realidad, un nuevo Banco Popular, para venderlo a un tercero (en este caso, Banco Santander)».
Es decir, el Santander se ha inventado un banco nuevo para que los presuntos delitos que se le imputan sean responsabilidad de ese antiguo Popular que indican. Sin embargo, la personalidad jurídica de la entidad era la misma hasta el momento de la fusión por absorción, los clientes que tenían sus depósitos y sus créditos mantenían sus contratos firmados con Banco Popular Español S.A. Entonces, si una persona tiene un préstamo y lo deja de pagar ¿quién se lo reclama, el antiguo, el nuevo o el Santander? ¿A quién se están pagando esos créditos? Desde el 7 de junio de 2017, ¿de dónde cobraban los empleados, del nuevo o del viejo? ¿Se les hizo un cambio de contrato en el que se les indicaba que la resolución había creado una nueva entidad?
Por otro lado, el Santander se ha estado lucrando del patrimonio, del know how, de los créditos fiscales, de las emisiones de bonos, de la marca, de la actividad comercial, etc. del antiguo porque todo eso ya estaba y se lo llevó todo por un euro. Para ganar dinero es válido lo anterior al 7 de junio, pero para asumir la responsabilidad penal, no.
Otro aspecto que demuestra que el argumento de la diferencia de bancos es esperpéntico lo dio el propio Santander cuando sacó al mercado los bonos de fidelización para accionistas del Popular que lo eran, siguiendo la argumentación del recurso, del antiguo y no del nuevo. Si no hay responsabilidad penal tampoco había obligación de emitir esos bonos.
El Santander ha tenido una instrucción blanda propiciada por las fuertes presiones a las que se sometió al anterior juez instructor que le llevaron a abandonar su juzgado porque no podía soportar la situación. El banco cántabro está demasiado acostumbrado a que la Justicia se ponga de su parte y ejemplos hay muchos: la Doctrina Botín, el dinero oculto en Suiza o el indulto a Alfredo Sáenz son sólo algunos ejemplos. Según la argumentación presentada en el recurso, se podría pensar que el banco presidido por Ana Patricia Botín está pretendiendo la creación de una nueva doctrina legal a la carta como la que salvó a Emilio Botín de la cárcel por las cesiones de crédito, doctrina en la que fue ponente el juez Gómez Bermúdez quien, en la actualidad, defiende los intereses del Santander en un despacho de abogados. El juez Calama Teixeira no puede caer en esto, no puede poner otra piedra de vergüenza en la desprestigiada Justicia española.
Tampoco se entiende cómo quieren aplicar en el Caso Popular la doctrina del Banco de Valencia dado que, en esta causa, tanto el criterio de la Abogacía como de la Fiscalía no tenía relación con que no existieran responsabilidades penales para CaixaBank, sino las condiciones en las que se aplicaría dicha responsabilidad. Además, Banco de Valencia tenía un patrimonio neto negativo como consecuencia de las pérdidas acumuladas, contaba con una red de oficinas desproporcionada y una plantilla sobredimensionada, además de una cartera crediticia de muy baja calidad.
El absurdo puede terminar si Ana Patricia Botín llega a acuerdos extrajudiciales con todos los afectados y una entidad como el Santander debería tener músculo suficiente como para poder acometer una operación que le ahorraría costes de litigio exorbitados y más sufrimiento a los afectados.