Izquierda Unida ha solicitado el amparo de la Presidencia del Congreso al considerar que la empresa pública Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) ha “vulnerado los derechos constitucionales” y el “libre ejercicio de las funciones legislativas y de control” de sus diputadas Sol Sánchez y Eva García Sempere. El pasado martes, día 19, altos cargos de ADIF impidieron a estas parlamentarias, además de al concejal de IU en el Ayuntamiento de Madrid Carlos Sánchez Mato, acceder al expediente de la denominada ‘Operación Chamartín’.
En el escrito registrado en el Congreso, las diputadas de Izquierda Unida, junto al coordinador federal y portavoz parlamentario de la formación, Alberto Garzón, reclaman a Ana Pastor que, al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, “se dirija al Gobierno a fin de que facilite correctamente el pleno acceso a la información solicitada” para que las diputadas realicen correctamente su trabajo.
Tal y como se expone en el escrito, los/as cargos públicos de Izquierda Unida fueron recibidos el martes pasado en las dependencias de ADIF de la madrileña Avenida Pío XII. Una vez personadas en las instalaciones de la empresa estatal -detallan- las diputadas Eva García Sempere y Sol Sánchez, además de Sonia Farre, encuadrada en En Comú Podem, “por parte de Alfredo Cabello, director de Patrimonio y Urbanismo de ADIF, y de Julio Cintora León, subdirector de Urbanismo y Actuaciones de ADIF, se comunica a las diputadas allí comparecientes que dado que DCN se opone a que la referida documentación sea hecha pública, se deniega, por el momento, el acceso al expediente de la denominada ‘Operación Chamartín’”.
La promotora privada Distrito Castellana Norte (DCN) -participada por el banco BBVA y la constructora San José- presentó un recurso para impedir precisamente que los/as representantes públicos de Izquierda Unida tengan acceso a ningún documento de esta polémica operación urbanística, así como recibir copia de los mismos.
Izquierda Unida explica en su iniciativa parlamentaria que “entendemos que la decisión de ADIF vulnera el ‘ius in officium’ de los parlamentarios peticionarios, y en consecuencia, el derecho fundamental que garantiza el art. 23.2 de la Constitución Española, pues este derecho fundamental garantiza no sólo el acceso a los cargos y funciones públicas, sino también el ejercicio de estos cargos y funciones públicas de conformidad con lo previsto en las leyes”.
Los/as parlamentarios/as de IU recuerdan los largos antecedentes que se arrastran en este caso. Inciden en que “el 17 de julio de 2018 se calificó (por el Congreso) la solicitud de informe a la Administración del Estado formulada por los/as diputados/as que suscriben, recabando copia del expediente relativo al convenio para el desarrollo del entorno de la estación de Chamartín (Madrid), incluyendo el convenio entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la empresa Distrito Castellana Norte (DCN), así como sus sucesivas prórrogas y la documentación vinculada a las mismas”.
“La respuesta del Gobierno en noviembre pasado -explican- señalaba que, debido al volumen de la información solicitada, esta se podría consultar en las oficinas de ADIF, mediante la concertación de una cita con el responsable de la Subdirección de Urbanismo y Actuaciones Administrativas”.
Dado que, tras seguir escrupulosamente todos los pasos solicitados por el Ejecutivo, el resultado final ha sido negativo, Izquierda Unida insiste en su solicitud de amparo dirigido a la Presidencia del Congreso que “es indudable que la función de control político de todas aquellas cuestiones que sean de interés público que corresponde a los parlamentarios forma parte del núcleo esencial de su condición de representantes. Por ello mismo, el ejercicio de su función no puede limitarse por las trabas que una empresa privada quiera imponer a la función constitucionalmente prevista para el ejercicio de la encomienda que tienen asignada las parlamentarias”.
Sol Sánchez, Eva García Sempere y Alberto Garzón entienden que “el ejercicio de las funciones legislativas y de control por los representantes de la ciudadanía constituye la expresión misma del ejercicio de la soberanía popular en el Estado democrático, puesto que la participación en el ejercicio de dicha función y el desempeño de los derechos y facultades que la acompañan constituyen una manifestación constitucionalmente relevante del ‘ius in officium’ del parlamentario representante”.
Por todo ello, concluyen, “la denegación de acceso a la documentación solicitada solo puede calificarse como vulneradora de los derechos constitucionalmente otorgados a diputados y diputadas”.