La portavoz parlamentaria de Izquierda Unida en el Congreso, Eva García Sempere, ha registrado hoy la petición de comparecencia de la ministra Dolores Delgado tras conocer el alcance real de la primera sentencia sobre bebés robados en nuestro país. García Sempere quiere que la titular de Justicia detalle en sede parlamentaria si el Gobierno de Pedro Sánchez “comparte la prescriptibilidad de los delitos de robo de bebés en España” como ha sentenciado la Audiencia Provincial de Madrid al absolver al doctor Eduardo Vela de los delitos de detención ilegal, suposición del parto y falsedad documental en relación a un caso de 1969.
La iniciativa de la parlamentaria de IU, trabajada previamente con el grupo de Memoria Democrática de esta formación, que coordina Esther López Barceló, recuerda el amplio consenso que existe entre las asociaciones de defensa de los Derechos Humanos y de la Memoria para considerar este tipo de delitos “como de lesa humanidad y, por tanto, imprescriptibles”.
Eva García Sempere completa su iniciativa planteando que la ministra Delgado explique en la Cámara Baja si el Ejecutivo al que pertenece “tiene intención de legislar al respecto para impedir la impunidad” de los delitos de bebé robados que se investigan o están pendientes de ir a juicio.
El fallo de la alta instancia judicial madrileña conocido esta mañana considera que el doctor Eduardo Vela es responsable de los delitos por los que estaba procesado, pero las magistradas le absuelven al entender que están prescritos. Consideran como fecha de prescripción el momento en el que la denunciante alcanzó la mayoría de edad.
Vela fue director de la Clínica San Ramón, considerada el epicentro del entramado del presunto tráfico de niños y niñas durante años. El tribunal estima que ha quedado probado ‘de forma incontestable’ en el juicio que el doctor Vela, que en el momento de los hechos ejercía como ginecólogo y director médico de la clínica, entregó a un matrimonio una niña que no era suya.
Lo hizo ‘fuera de los cauces legales, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz, y todo ello sin que conste que hubiera mediado consentimiento ni tan siquiera conocimiento por parte de los progenitores del recién nacido, siendo el acusado, la persona que hizo la certificación falaz acerca del supuesto parto’.
Pese a quedar meridianamente probado que el doctor Eduardo Vela certificó con su puño y letra que la falsa madre dio a luz a una niña en su presencia el 4 de junio de 1969, que esa niña fue entregada sin consentimiento al matrimonio formado por Inés Pérez Pérez y Pablo Madrigal Revilla y que gracias a estas maniobras la recién nacida pudo ser inscrita en el Registro Civil como su hija biológica, queda absuelto al considerar prescritos los delitos.
El tribunal entiende que los tres delitos de los que Vela es autor constituyen un conjunto punitivo, en íntima relación de conexión, por lo que la prescripción depende de la del delito de mayor gravedad de los tres, la detención ilegal. ‘Así pues, y de conformidad con tal criterio el plazo de prescripción será el de 10 años, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 del Código Penal’, expone el fallo.