El Gobierno de India depositó ante la Oficina Internacional del Trabajo los instrumentos de ratificación de los dos convenios fundamentales de la OIT relativos a la eliminación del trabajo infantil: el Convenio sobre la edad mínima de admisión al empleo, 1973 (núm. 138) , y el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) .
India es el 170.º Estado miembro de la OIT en ratificar el Convenio núm. 138 que exige a las partes fijar una edad mínima por debajo de la cual nadie debería ser admitido a trabajar ni ejercer ninguna profesión, salvo para realizar trabajos ligeros o participar en representaciones artísticas.
El segundo país más poblado del mundo es el 181.º Estado miembro en ratificar el Convenio núm. 182. Este Convenio demanda la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluyendo la esclavitud, el trabajo forzoso y la trata de personas; la utilización de niños en conflictos armados; la utilización de niños para la prostitución, la pornografía u otras actividades ilícitas (como el tráfico de drogas); y los trabajos peligrosos.
El Ministro de Trabajo de India, Bandaru Dattatreya, declaró que la ratificación de los dos convenios de la OIT reafirma “el compromiso de su país con una sociedad sin trabajo infantil”.
Bandaru Dattatreya mencionó una serie de medidas a este respecto, incluyendo la enmienda de la Ley sobre el trabajo infantil (prohibición y reglamentación), 1986 que entró en vigor el 1 de septiembre 2016. Esta enmienda prohíbe completamente el empleo o el trabajo de niños menores de 14 años en cualquier profesión o actividad y también prohíbe el empleo de adolescentes (de 14 a 18 años) en profesiones o actividades peligrosas.
Además, las Reglas centrales sobre el trabajo infantil (prohibición y reglamentación), recientemente modificadas, estipulan por primera vez un marco amplio y específico para la prevención, prohibición, rescate y rehabilitación de los niños y adolescentes que trabajan.
Otra importante medida adoptada hace poco para alcanzar el objetivo de una sociedad sin trabajo infantil es el fortalecimiento del Proyecto nacional sobre trabajo infantil, un sistema de readaptación que pone en relación la educación y la formación profesional de los adolescentes.
“Debemos mantener el impulso de las recientes iniciativas dirigidas a erradicar el trabajo infantil ya que la eliminación del trabajo infantil también es decisiva para lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de aquí a 2030”, concluyó el ministro indio.
El Director General de la OIT, Guy Ryder, dio la bienvenida a India entre los Estados miembros partes de los dos convenios fundamentales. “Reconocemos los grandes progresos que India ha realizado en la lucha contra el trabajo infantil estos últimos años, y el importante papel desempeñado por su modelo de convergencia – que se ha beneficiado de un fuerte apoyo de la OIT – para la coherencia entre las políticas públicas y los servicios públicos. Hoy, la ratificación de los Convenios 138 y 182 afianza aún más – conforme a las obligaciones derivadas del tratado – este compromiso con la lucha global contra el flagelo del trabajo infantil en todas sus formas. Representa además un avance positivo del país en el camino del respeto pleno de los derechos fundamentales en el trabajo”.
La ratificación de India confirma el estatus del Convenio núm. 182 como el Convenio de la OIT más rápidamente ratificado.