Las instituciones que componen la Unión Europea se alejan cada vez más de sus ciudadanos lo que está provocando la legítima necesidad por parte de éstos de reclamar a sus países que salgan de un club que ha olvidado sus raíces para ser una herramienta más del sostén de las élites financieras, económicas y empresariales…, siempre y cuando no afecten a Alemania.
En el informe que acompañaba a la tercera valoración de Deloitte del Banco Popular, la Junta Única de Resolución, la entidad dependiente del Banco Central Europeo de Luis de Guindos, ha sido muy clara a la hora de afirmar que no van a compensar al más de millón y medio de personas que fueron arruinadas tras la intervención del Popular y el consiguiente rescate del Banco Santander. Según la JUR, «los accionistas y acreedores cuyos instrumentos fueron amortizados o convertidos y transferidos en resolución no habrían recibido un mejor trato si el Banco Popular hubiera sido liquidada con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios». Por tanto, la JUR reconoce que no está dispuesta a compensar a las más de 305.000 familias arruinadas. Ante esta desprotección de los afectados, ¿a qué espera la Justicia española? ¿Qué más tienen que esperar para determinar, al menos, medidas cautelares contra la operación? ¿Cuándo se van a iniciar los registros en las sedes de los distintos presuntos implicados?
Sin embargo, existen contradicciones respecto a la realidad de lo que ocurrió aquella noche del 6 al 7 de junio de 2.017. En primer lugar, el estado FOLTF (fail or likely to fail) del Popular se comunicó por parte de Saracho debido a una crisis de liquidez, no de insolvencia, tal y como afirma la JUR, porque la entonces sexta entidad financiera de España tenía solvencia suficiente, tal y como se reconoce en el propio informe de Deloitte publicado en el día de ayer.
En segundo término, la propia auditora reconoció que su informe «adolece de un alto grado de incertidumbre» pero, a pesar de eso el informe presumía como escenario de resolución «una venta de todo el banco a través de una subasta abierta, equitativa y competitiva […] Asimismo hemos proporcionado un cálculo del valor de la entidad en liquidación y el cobro esperado por cada clase de acreedores». Además, la auditora recordaba a la JUR que había en curso un «proceso de venta privada» añadiendo que el precio de la mejor oferta que se reciba «en este proceso será la mejor y más fiable indicación del valor del banco». Sin embargo, a finales de mayo no había ningún posible comprador, tal y como reconoce la propia Deloitte en otra parte de sus conclusiones, ya que la auditora especificaba que la data room del Popular estaba en su posesión y los posibles compradores. Es decir, hay un reconocimiento implícito de que no existía ningún posible comprador, puesto que el proyecto Hyppocrates se inició el día 3 de junio, pasando la data room el día 5 de junio. ¿A qué potenciales compradores se estaba refiriendo Deloitte el día 31 de mayo? Por tanto, Deloitte no tuvo tiempo suficiente para confeccionar el informe para que la JUR implementara y el FROB ejecutara la resolución del Banco Popular. Tampoco tuvo la información suficiente y diseñó un escenario de valoración alternativo para que la JUR decidiera entre ejecutar la resolución o abrir un concurso ordinario de insolvencia en los tribunales españoles, en concreto, Deloitte afirma que la «valoración debe incluir una estimación de las cantidades que accionistas y acreedores podrían esperar cobrar en caso de liquidación». El criterio de valoración que utilizó Deloitte en su informe confirma que no está consentido por el derecho mercantil español y se salta toda la normativa española respecto a la declaración de procedimiento concursal, haciendo constar que la ley de nuestro país «no permite un procedimiento concursal consolidado».
Entonces, si Deloitte realizó esas afirmaciones, ¿por qué la JUR se niega a pagar ningún tipo de compensación a los accionistas del Banco Popular en base a que una liquidación ordinaria sería menos beneficiosa que la solución adoptada? La realidad es que la entidad presidida por Elke König está lanzando toda la responsabilidad sobre Emilio Saracho y su Consejo de Administración puesto que la crisis de liquidez que llevó al Popular a ser intervenido se genera a partir, en primer lugar, de la gestión de Saracho que provoca la salida de depósitos y, en segundo lugar, por la propia Elke König quien el mismo día en que se firmó el contrato con Deloitte hizo las declaraciones que generaron el pánico tanto en los mercados como en los depositantes.
La determinación de responsabilidades a la hora de resarcir a las 305.000 familias es obvia porque, tal y como reconoció la propia JUR, la crisis del Popular se produce por un crack en las ratios de liquidez, que no en las de solvencia, durante el segundo trimestre de 2.017, es decir, cuando el presidente era Emilio Saracho. El Banco Popular tenía un plan de negocio aprobado, en principio, por el Ministerio de Economía de Luis de Guindos —aprobación anulada por la Secretaría de Estado del Tesoro de Emma Navarro— que fue paralizado por Saracho.
Ante decisiones de este tipo, en el que las propias instituciones europeas han arruinado a más de un millón y medio de ciudadanos, un Estado responsable y digno no tardaría ni un minuto en presentar su salida de esta Unión Europea en la que priman los intereses de las élites antes que en las de los pueblos. El Brexit fue poco y, a medida que va pasando el tiempo, nos vamos dando cuenta de que los británicos fueron muy inteligentes puesto que no se puede pertenecer a una institución que no vela por los intereses reales de su ciudadanía.
Por mucho que quiera salpicar su responsabilidad, la realidad es que los afectados del Popular van a cobrar. La propia JUR ya ha sido señalada por el TGUE en, al menos, seis presuntos delitos por los que va a ser juzgada: violación de los derechos de defensa y tutela judicial efectiva, del deber de diligencia y buena administración, del derecho a la propiedad, del derecho a ser oído, de la no concurrencia de los requisitos para la aplicación del instrumento de resolución y la impugnación del informe de valoración de Deloitte. Por otro lado, están las demandas contra el Grupo Santander, tanto en España como en Estados Unidos. Ha llegado el momento de que nuestra Justicia actúe y proteja a la ciudadanía de los abusos de las élites porque, al fin y al cabo, esa es su función y para eso es uno de los poderes de cualquier sistema democrático.