El ex consejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña Jordi Turull comenzó su declaración en el juicio del ‘Procés’ expresando su queja por no poder hacerlo en catalán y no contar con una traducción simultánea.
Tras ser invitado por Manuel Marchena a sentarse en la mesa para declarar, Turull recordaba al Tribunal que él es uno de los acusados que pidió declarar en catalán y contar con traducción simultánea. Según explicaba, lo solicitó «no tanto por un tema emocional», sino por tener «todas las garantías», ya que consideraba que «la espontaneidad» es una circunstancia muy «importante tanto para el acusado como para el tribunal». «Con la traducción consecutiva esto no es posible. Para la señal de televisión está todo inventado, también para la de internet, pero tiene usted razón cuando dice que la gente en esta sala tiene derecho a entenderlo todo«, dijo Turull, no sin cierta ironía, a Marchena.
El ex consejero cargó otra vez de ironía para matizar que hizo ese comentario como una «reflexión», apuntando que facilitar auriculares a las personas que están presentes en la sala -magistrados, fiscales, acusación, abogada del Estado y público– «no es un gasto, es también una inversión«.
Pero lo que estaba haciendo en realidad Jordi Turull era manifestar expresamente su queja a la desafortunada respuesta que el presidente del Tribunal había dado días antes en relación con la cuestión del uso del catalán, en la fase de cuestiones previas al juicio.
“Cualquiera que quiera responder en su lengua materna podrá hacerlo”, manifestaba Manuel Marchena de forma tajante, y sin embargo a renglón seguido indicaba, no sin cierta sorpresa de todos los presentes, “que la Sala reconoce las razones de carácter emocional” que llevan a los enjuiciados a querer declarar en catalán, y que podrían hacerlo, pero “mediante dos intérpretes” que estarían a su disposición en la Sala y que traducirían sus palabras “aunque no de modo simultáneo”.
Para justificar esta tesis tan chocante, Marchena explicaba que un sistema de traducción simultánea “supondría que todos los que están en esta sala o fuera y no disponen de auriculares no podrían entender las respuestas de los procesados”. Y eso “implicaría una inadmisible restricción del principio de publicidad”, señalaba Marchena que consideraba además (también de forma sorprendente) que el uso de la lengua materna es solo una “cuestión emocional” que no afecta al derecho de defensa.
En lo que fuentes jurídicas consultadas consideran que ha sido uno de los errores de bulto más graves de todo el juicio al ‘Procés’, Manuel Marchena justificaba su disparatada decisión en que según su opinión la Carta Europea de Derechos Humanos rechaza otorgar “derechos individuales ni colectivos a los hablantes de una lengua minoritaria”, cuando es lo cierto que la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales, establece todo lo contrario cuando indica que “La interpretación y traducción en virtud de la presente Directiva deben facilitarse en la lengua materna del sospechoso o acusado o en cualquier otra lengua que entienda o hable con objeto de permitir el pleno ejercicio del derecho a la defensa, y con el objeto de salvaguardar la equidad del proceso”.
Este error de bulto de Marchena negando a Turull la posibilidad de la traducción simultánea dificultando su declaración en catalán, supone una violación flagrante del artículo 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en cuanto que consagran el derecho a un juicio equitativo. Además se infringe también el artículo 48, párrafo segundo, de la Carta en cuanto que garantiza el respeto del derecho a la defensa.
La nulidad de la declaración del ex consejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña, Jordi Turull, está servida.