La situación de un preso o presa no es sencilla, pese a haber cometido los delitos que les han llevado a ser parte del sistema penitenciario, pero no sólo sufren ellos y ellas sino sus descendientes. Los menores, con la legislación actual, sólo pueden ver a sus progenitores a través de un cristal o mampara, lo que supone un castigo no para los mayores sino para los menores. Imagínese cada uno esa situación de tener que ver a tu hijo o hija por un cristal de vez en cuando. Si ya les puede doler personalmente, ahora imaginen la situación del menor que ve así a su progenitor.
Humanizar la situación es lo que pretende la Proposición no de Ley que ha presentado la senadora de Podemos, Maribel Mora, para la regulación de las comunicaciones entre las personas presas en un centro penitenciario y sus familiares. Tal y como explica el texto registrado, “la actual regulación del régimen de comunicaciones entre menores de edad y sus progenitores presos presenta una grieta reparable que afecta fundamentalmente al desarrollo emocional de los menores”.
La actual legislación contempla que los niños y niñas afectados puedan permanecer junto a sus madres en prisión hasta que alcancen la edad de tres años, cuando irremediablemente pasarán al cuidado de otro familiar o a estar bajo la tutela del Estado. A partir de ese momento, las comunicaciones de los menores con su madre o padre preso se regula por los artículos 42 y 45 del Régimen Penitenciario, que contempla dos visitas semanales de veinte minutos, acumulables en una de cuarenta, que tendrá lugar a través de un cristal blindado o por interfono. Asimismo, la legislación vigente solo contempla una visita mensual en régimen de vis a vis de una duración máxima de tres horas. Un problema al que añadir a la situación de las mujeres presas, como ya denunciamos en estas mismas páginas.
Como destaca la senadora Mora, la única excepción que contempla la actual reglamentación hace referencia a los menores de diez años, que, según la norma vigente, deberían poder disfrutar de visitas “sin restricciones de ningún tipo en cuanto a frecuencia e intimidad y a su tiempo”, tal y como establece el artículo 39 de la LOGP. Sin embargo, la falta de desarrollo reglamentario de este artículo impide que queden garantizados los derechos de los menores de diez años en estas circunstancias, dependiendo en todo momento de las circunstancias de cada centro penitenciario y de la voluntad de la dirección del mismo y la realidad es que las visitas que se practican son las mismas que las del régimen de las visitas de los adultos.
Podemos, con la Proposición de Ley registrada, pretende modificar una norma que, estando vigente desde 1979, no ha sido convenientemente desarrollada para uniformar su aplicación en el conjunto de prisiones del Estado Español. La iniciativa impulsada por la senadora andaluza, y siempre tan pendiente de los Derechos Humanos, pretende garantizar que “el régimen de visitas deberá en todo caso respetar el interés de las personas menores de edad”, de tal forma que “las comunicaciones de los y las menores de catorce años con sus progenitores no se llevarán nunca a cabo a través de locutorios con barreras físicas”.
También pretenden la formación morada que “las referidas visitas se realizarán sin restricciones de ningún tipo en cuanto a frecuencia e intimidad. Su periodicidad no podrá ser nunca inferior a una comunicación por semana y su duración mínima será de dos horas. Además, mensualmente se concederá al menos una visita de convivencia entre los referidos menores y sus progenitores de seis horas de duración”, garantizando además que deban “programarse de forma que resulten compatibles con el horario escolar de los menores”, algo que la actual situación tampoco contemplaba. Humanizar la prisión en favor de los menores, al fin y al cabo, para que los menores no sufran una doble condena con un fuerte desarraigo de sus progenitores y protección a los menores: “la condena al padre o a la madre no puede convertirse en una condena añadida para unos menores que deberían estar protegidos por la legislación”.
Para que no vuelva a suceder, como ha ocurrido con la anterior norma no se ha desarrollado en décadas, Podemos ha incluido en su PL una disposición final que obliga al Gobierno a reformar “en el plazo máximo de seis meses” el actual Reglamento Penitenciario, “a fin de adecuar su contenido” a la propuesta impulsada desde el Senado por Maribel Mora. La senadora andaluza ha sido clara y contundente “una iniciativa como esta es de suma importancia para muchos menores que ven vulnerados en nuestro país su derecho a tener una relación afectiva normalizada con sus progenitores, aun cuando estos estén en prisión”. Si el principio del sistema punitivo del Estado no es la condena y el castigo en sí, sino la reinserción de la persona, nada mejor que no romper el vínculo con sus descendientes.