En estas páginas hemos insistido en infinidad de ocasiones en que el único poder del Estado que no ha pasado por el filtro de la Transición es la Justicia. Muchos cargos son los herederos de quienes ocuparon los mismos puestos durante la dictadura y diferentes resoluciones y decisiones adoptadas muestran que no se utiliza la misma vara de medir si los ataques vienen de la izquierda o de la derecha.
Los tribunales españoles han encarcelado o condenado a jóvenes por publicar en las redes sociales los mismos chistes que en los 70 se hacían sobre el atentado de Carrero Blanco: «Y voló, voló, voló…». También se ha metido en la cárcel a unos titiriteros por una obra satírica en la que finalizaban con un cartel que decía «Alka ETA» o se ha juzgado a un concejal por hacer humor negro con Irene Villa, chistes que fueron frecuentes tras el atentado. Por otro lado, a unos jóvenes se les ha acusado de terrorismo por una pelea de bar. Ninguno de estos actos es justificable, incluso podrían ser condenables algunos de ellos utilizando la cordura y no incluyendo parámetros o interpretaciones ideológicas a las decisiones judiciales.
Sin embargo, cuando esos ataques, chistes, comentarios en redes sociales, etc. se realizan desde el ámbito de la derecha todo es «libertad de expresión». Muchos políticos conservadores, por ejemplo, han llamado «asesino» en público a Santiago Carrillo utilizando los argumentos del revisionismo histórico y eso no fue condenado.
El último ejemplo de esta doble vara de medir o de la «ley del embudo» de la Justicia española lo hemos encontrado con la multa de 5.000 euros impuesta a la diputada, y líder de Unidas Podemos en Andalucía, Teresa Rodríguez por un tuit en el que responsabilizaba del asesinato de Salvador Puig Antich al ex ministro franquista José Utrera Molina. ¿Conocen esos jueces la historia? ¿Acaso no saben que el ministro del Movimiento y de la Vivienda en el año 1974 era Utrera Molina? ¿Desconocen que el «enterado» a la sentencia a muerte por la que se ejecutó con garrote vil al joven anarquista fue dado por el Consejo de Ministros del que formaba parte Utrera Molina? ¿Ignoran que las ejecuciones de Salvador Puig Antich y de Heinz Ches fueron la respuesta del franquismo al atentado en el que fue asesinado Carrero Blanco? Cuando se firma o se da el «enterado» a una pena de muerte se contrae una responsabilidad para con el pueblo y se tienen que asumir las consecuencias de los actos refrendados. ¿Asesinó Utrera Molina a Salvador Puig Antich? No, pero sí tuvo su parte de responsabilidad o culpa.
Pongamos un ejemplo. Adolf Hitler jamás utilizó en su vida el Ziklon 8 en ninguna cámara de gas, pero fue el responsable del asesinato de decenas de millones de seres humanos porque la decisión de iniciar la «Solución Final» fue suya. Otros fueron los autores materiales, es cierto, pero tanto Hitler como otros jerarcas nazis tuvieron su responsabilidad, tal y como se demostró en las sentencias de los primeros juicios de Nuremberg.
La Justicia española, además, blanquea y sigue permitiendo que el franquismo se mantenga impune. En la sentencia, la jueza apela a la honorabilidad de la familia de Utrera Molina, pero se olvida de dos conceptos fundamentales que no se aplican cuando el franquismo o los ex ministros franquistas están de por medio: el honor de las víctimas de la dictadura y la libertad de expresión, sobre todo si lo afirmado está justificado por la historia y por los documentos oficiales.
La magistrada que ha dictado la sentencia, María del Rosario Campesino Temprano, ha justificado la condena en que la legislación vigente en 1974 permitía la pena de muerte y, en consecuencia y según la versión de la jueza, a Utrera Molina no se le puede considerar responsable del asesinato de Puig Antich. Sin embargo, cuando el gobernador de Texas firma una sentencia de muerte, ¿es o no responsable de una muerte violenta por más que la ley prevea la pena capital? En concreto, la magistrada justifica esa decisión del siguiente modo: «Sin que pueda tildársele de asesino por el hecho de que no se aplicara la medida de gracia del indulto por el gobierno al que pertenecía el fallecido y por tanto, no es admisible la utilización de dicho término, a tenor de una responsabilidad que, en su caso, podría considerarse política, atendiendo a la ley 52/2007 de 26 de diciembre de Memoria Histórica».
Este razonamiento es jurídicamente aberrante porque es blanquear lo que en realidad sucedió amparándose en la legislación franquista. No se trata de una responsabilidad política, sino humana, ya que ese Consejo de Ministros no aplicó el indulto porque era necesaria una condena dura, ejemplarizante, que generara temor entre el pueblo, sobre todo después de que el atentado contra Carrero Blanco mostrara la verdadera vulnerabilidad del Régimen.
Finalmente, y es un hecho que muestra el talante «democrático» de esta magistrada, la sentencia lanza una advertencia a los medios de comunicación: «El hecho de que en diversas medios de comunicación se hiciera referencia a que don José Utrera Molina había firmado la sentencia de muerte de Puig Antich, no conlleva que no fuera deseable que se utilizaran con mayor precisión los términos adecuados para la difusión de cualquier noticia y de cualquier opinión, como la que nos ocupa».
Pues muy bien, señora Campesino Temprano, esta sentencia firmada por usted no es más que un atentado más contra el Estado de Derecho porque cada vez que se quitan responsabilidades al franquismo, se lanza un dardo que debilita a la democracia.